JurídicoESEN

Article 19

Ley 24 de 1988 · Por la cual se reestructura el Ministerio de Educación Nacional y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Consejo Superior del Sector Educativo y de Control de Calidad estará integrado por:

a)

El Director del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES.

b)

El Director del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura.

c)

El Director del Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas y Proyectos Especiales "Francisco José de Caldas", Colciencias.

d)

El Director del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes.

e)

El Director del Instituto Colombiano de Estudios Técnicos en el Exterior, Icetex.

f)

Un representante de las Academias.

g)

Un representante de las instituciones científicas e investigativas.

h)

Un representante de las agremiaciones de educadores.

i)

Un representante de las asociaciones de instituciones de educación superior.

j)

Dos (2) Senadores y dos (2) Representantes elegidos por las Comisiones Quintas del Senado y Cámara con sus respectivos suplentes.

Parágrafo 1

Al Consejo asistirán los Directores de los demás establecimientos públicos del sector, cuando el Ministro de Educación lo disponga, podrán ser invitados por el Ministro otros funcionarios públicos y representantes del sector privado.

Parágrafo 2

El Jefe de la Oficina de Planeación actuará como Secretario del Consejo Superior y de Calidad de la Educación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 24 de 1988