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Article 61

Decreto 41 de 1994 · Por el cual se modifican las normas de carrera del personal de oficiales y suboficiales de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones

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ARTICULO 61 . Forma de disponer destinaciones, traslados y comisiones. Las destinaciones, traslados y comisiones del personal de oficiales, suboficiales y personal del nivel ejecutivo de la Policía Nacional, se dispondrán en la siguiente forma

1.

Por decreto del Gobierno

a)

Destinaciones y traslados para Oficiales Generales en todos los casos.

b)

Comisiones al exterior para Oficiales Generales y Coroneles superiores a noventa (90) días.

c)

Comisiones en el exterior superiores a noventa (90) días, para oficiales generales y coroneles.

d)

Comisiones dentro del país mayores de noventa (90) días, para oficiales generales.

e)

Comisiones para oficiales a partir del grado de Coronel, en la administración pública o entidades oficiales o privadas.

2.

Por resolución ministerial

a)

Destinación y traslados para oficiales en los grados de coronel y teniente coronel, que desempeñen cargos que conlleven jurisdicción y competencia de acuerdo con el Código Penal Militar, o en todos los casos que no se requiera decreto.

b)

Comisiones al exterior, a partir del grado de coronel, menores a noventa (90) días.

c)

Comisiones al exterior para oficiales hasta el grado de teniente coronel, suboficiales, personal del nivel ejecutivo, alféreces y cadetes.

d)

Comisiones en el exterior, a lugares diferentes al país sede, hasta noventa (90) días.

e)

Comisiones en el país para Oficiales Generales superiores a veinte (20) días y no mayores de noventa (90) días.

f)

Comisiones en el país para oficiales superiores, en reparticiones militares.

g)

Comisiones para oficiales hasta el grado de teniente coronel, suboficiales y personal del nivel ejecutivo en la administración pública o entidades oficiales o privadas.

3.

Por orden administrativa de la Dirección General de la Policía Nacional

a)

Destinaciones y traslados de oficiales subalternos, suboficiales y personal del nivel ejecutivo.

b)

Comisiones en el país para oficiales generales hasta por veinte (20) días.

c)

Comisiones en el país inferiores a noventa (90) días para oficiales superiores.

d)

Comisiones en el país para oficiales subalternos, suboficiales, personal del nivel ejecutivo, alféreces y cadetes.

4.

Por Orden del Día de los Comandos de Departamento o de las Direcciones de Escuela: Comisiones en el país de oficiales, suboficiales y personal del nivel ejecutivo del respectivo departamento o escuela, dentro o fuera de su jurisdicción, hasta por diez (10) días.

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  1. 1994
    C-417/94Constitutional review · scope: expresionSTRUCK DOWN· phrase
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