º Cuando la asignación básica mensual de los empleados a que se refiere el artículo 1º del presente Decreto sea igual o inferior al doble del sueldo fijado para el grado 01 de la escala de remuneración del nivel operativo, dichos empleados tendrán derecho al reconocimiento y pago de un auxilio mensual de transporte en cuantía de ochocientos diez pesos ($ 810). No habrá lugar a este auxilio cuanto la Registraduria preste servicio de transporte a sus empleados.
Article 8
Cuando La Asignación Básica Mensual De Los Empleados A Que Se Refiere El Artículo 1º Del Presente Decreto Sea Igual O Inferior Al Doble Del Sueldo Fijado Para El Grado 01 De La Escala De Remuneración Del Nivel Operativo, Dichos Empleados Tendrán Derecho Al Reconocimiento Y Pago De Un Auxilio Mensual De Transporte En Cuantía De Ochocientos Diez Pesos ($ 810)
Decreto 287 de 1983 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de la Registraría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones
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