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Article 18

Ley 65 de 1968 · Por la cual se provee a la rehabilitación y desarrollo de la Zona Bananera del Magdalena, se crea la Junta de Fomento Bananero y la Corporación de Desarrollo de Urabá, y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Queda autorizada la compensación o transformación de la pensión de jubilación que corresponde a los trabajadores señalados en el artículo anterior, o a algunos de ellos, según se considere conveniente, por una semana de dinero fija, pagadera directamente por el organismo que reciba los fondos de garantía entregados a la empresa, cuando quiera que así el trabajador lo solicite, demostrando previamente y a satisfacción del Gobierno que la suma respectiva será invertida en forma tal que reditúe una cantidad por lo menos equivalente al monto de la pensión de jubilación respectiva; o la novación del pago de la pensión cuando el trabajador así lo prefiera o no se cumpla la condición que este artículo señala.

El Gobierno Nacional dentro de la reglamentación que expida especificará los requisitos a que se refiere la presente Ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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