ARTICULO 65. En cumplimiento de los artículos 350 y 366 de la Constitución Política la inversión social, como porcentaje de) presupuesto, aumentó del 8.6 al 10.6 de 1993 a 1994. Para efectos de esta comparación se excluyen los establecimientos públicos, que por efecto de la modernización del Estado pasaron a ser Empresas Industriales y Comerciales del Estado, como son los casos del ISS, Fonade, Corelca. ICEL, Telecom y Adpostal, los cuales no hacen parte del Presupuesto General de la Nación. La composición de este gasto público social en 1993 y 1994 es como sigue: CAPITULO IV De las reservas presupuestales
Decreto 2660 de 1993 →In force
Article 65
En Cumplimiento De Los Artículos 350 Y 366 De La Constitución Política La Inversión Social, Como Porcentaje De) Presupuesto, Aumentó Del 8
Decreto 2660 de 1993 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1994, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
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01
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02
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