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Article 14

Ley 44 de 1933 · SOBRE PRESUPUESTO NACIONAL DE RENTAS Y GASTOS PARA EL PERIODO FISCAL DE 1° DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 1934

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público procederá a estudiar los documentos que le presente el Departamento del Cauca y los demás que estén en igual caso respecto de los productos líquidos de la renta de licores en las vigencias fiscales de 1927 a 1928, y de los meses en que tuvo lugar la indemnización de licores, de conformidad con la Ley 88 de 1928 , y facultase para dictar una resolución, reconociendo, si es el caso, el saldo que puede devolvérsele por la Nación a dicho Departamento. Tal suma seguirá incluyéndose en los Presupuestos Nacionales cuando lo permita la situación del Tesoro Público, o podrá el Gobierno abrir créditos para el pago de todo o parte de esas cantidades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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