Régimen general . Las contraprestaciones por concepto de servicios y redes de telecomunicaciones del Estado se sujetan a las normas establecidas en este título. En todo caso, los operadores de servicios y redes de telecomunicaciones están obligados al pago de las contraprestaciones aquí establecidas por concepto de las concesiones, autorizaciones, permisos y registros. CAPITULO I Concesiones para la prestación de servicios de telecomunicaciones
Decreto 1492 de 1998 →In force
Article 18
Régimen General
Decreto 1492 de 1998 · por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones que se causen y deban pagarse a las entidades concedentes en materia de telecomunicaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros que se otorguen de conformidad con sus facultades y competencias legales, así como los procedimientos para su liquidación, cobro, recaudo y pago.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.