JurídicoESEN

Article 20

El Consejo Superior De La Carrera Es El Órgano Supremo De Vigilancia, Control Y Decisión Del Sistema De Administración De Personal Que Por El Presente Decreto Se Establece Y Estará Integrado Por Los Visitadores Nacionales De La Inspección General De La Registraduría Nacional Del Estado Civil, Un Representante De Los Empleados De La Entidad, Elegido Por Votación Universal Para Un Período De Dos (2) Años, Y Un Representante Del Sindicato; Actuará Como Secretario, El Secretario General De La Entidad

Decreto 3492 de 1986 · por el cual se causa una novedad de personal en la Dirección General de Impuestos Nacionales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Consejo Superior de la Carrera es el órgano Supremo de vigilancia, control y decisión del Sistema de Administración de Personal que por el presente Decreto se establece y estará integrado por los Visitadores Nacionales de la Inspección General de la Registraduría Nacional del Estado Civil, un representante de los empleados de la entidad, elegido por votación universal para un período de dos (2) años, y un representante del sindicato; actuará como Secretario, el Secretario General de la Entidad.

Parágrafo

Formará parte del Consejo Superior de la Carrera el Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, quien tendrá voz pero no voto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3492 de 1986