° Formado el censo de que trata el artículo 5° del presente Decreto, la Junta, previo estudio de los datos e informaciones que haya allegado, procederá a determinar si los reclamantes tienen derecho al auxilio, y en caso afirmativo, fijará su cuantía.
Article 7
Formado El Censo De Que Trata El Artículo 5° Del Presente Decreto, La Junta, Previo Estudio De Los Datos E Informaciones Que Haya Allegado, Procederá A Determinar Si Los Reclamantes Tienen Derecho Al Auxilio, Y En Caso Afirmativo, Fijará Su Cuantía
Decreto 1697 de 1939 · Por la cual se reglamenta la inversión del auxilio nacional decretado para los damnificados de Regidor, jurisdicción de Bodega Central, por el artículo 2° de la Ley 165 de 1936
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.