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Article 10

Decreto 1575 de 1997 · por el cual se establece la estructura interna de la Dirección Nacional de Estupefacientes y se determinan las funciones de sus dependencias.

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01

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División de asuntos legales y contenciosos. Son funciones de la División de Asuntos Legales y Contenciosos, las siguientes

1.

Contestar las demandas de nulidad y restablecimiento del derecho, reparación directa que se presentan en la Jurisdicción Contencioso Administrativa contra la Nación -Ministerio de Justicia- Dirección Nacional de Estupefacientes.

2.

Adelantar las audiencias de conciliación que se presentan dentro de los procesos contencioso administrativos, con el objeto de defender los intereses económicos de la Nación, referente a las actuaciones que adelanta la Dirección Nacional de Estupefacientes.

3.

Interponer y sustentar los recursos de apelación dentro de los procesos contencioso administrativos ante el Consejo de Estado, respecto de las sentencias favorables o desfavorables a la Dirección Nacional de Estupefacientes.

4.

Preparar las demandas y adelantar los procesos relacionados con la extinción del dominio de conformidad con los acuerdos interinstitucionales para ser presentados a consideración de la Subdirección Jurídica de la Entidad.

5.

Participar en las diligencias de secuestro, embargo, remate y demás situaciones procesales que se presentan dentro de la ejecución de la Ley 333 de 1996.

6.

Tramitar y recibir los productos de los procesos que se adelanten en virtud de la sentencia de extinción de dominio para ser destinados al Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y la Lucha Contra el Crimen Organizado.

7.

Intervenir como parte o en calidad de tercero en defensa de los intereses del Consejo Nacional de Estupefacientes o de la Dirección en los procesos adelantados por autoridades administrativas o judiciales en virtud de la instauración de todo tipo de acciones o recursos que versen sobre bienes que han sido puestos a disposición de la Entidad.

8.

Dirigir la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos de la dependencia.

9.

Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y que sean asignadas por las normas vigentes.

02

Constitutional history

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