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Article 1

Decreto 108 de 1904 · Por el cual se radica en la Tesorería general de la República el pago de los sueldos que se endeuden a los empleados nacionales que funcionaban en el departamento de Panamá

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Text of the article

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Artículo único. Radícase en la Tesorería general el pago de los sueldos devengados por los empleados nacionales en el Departamento de Panamá hasta el 3 de Noviembre próximo pasado y que no les hayan sido cubiertos. Dichos empleados comprobarán su derecho por medio de la respectiva nómina ó cuenta de cobro, y con el certificado de no habérseles pagado por el empleado que debiera haberlo hecho. En caso de que este requisito no pueda llenarse inmediatamente, el Tesorero general queda autorizado para hacer el pago, siempre que el acreedor le dé una fianza, personal ó prendaria, como garantía de que se presentará la certificación antes exigida.

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Constitutional history

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