Acompañamiento jurídico. Con el fin de que las víctimas individuales y colectivas puedan ejercer de manera efectiva sus derechos constitucionales, las entidades estatales competentes para la ejecución de lo establecido en el presente decreto, deberán contar con personal permanente y especializado en acompañar y asesorar a víctimas, colectivas e individuales, pertenecientes a los pueblos indígenas. La Defensoría del Pueblo creará un programa específico orientado a garantizarles asistencia jurídica, asesoría, acompañamiento, y capacitación a las víctimas individuales y colectivas de los pueblos indígenas, sin perjuicio de lo previsto para otras comunidades étnicas sobre la materia.
Decreto 4633 de 2011 →In force
Article 119
Acompañamiento Jurídico
Decreto 4633 de 2011 · por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales alas víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.