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Article 38

Ingreso Al Curso De Altos Estudios Militares

Decreto 989 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1211 de 1990, Estatuto del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Ingreso al curso de altos estudios militares . Para los efectos de ingreso al curso de que trata el artículo 64 del Decreto 1211 de 1990, el Coronel o Capitán de Navío, debe llenar los siguientes requisitos

a)

Ser diplomado como Oficial de Estado Mayor;

b)

Haber sido clasificado en lista número 1, 2 o 3 para ascenso al grado de Coronel o Capitán de Navío y haberse mantenido en estas listas de clasificación durante los años de permanencia en dicho grado;

c)

Ser propuesto por los Comandos de Fuerza, previo estudio de las condiciones profesionales, morales e intelectuales del candidato;

d)

Contar con el concepto favorable de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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