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Article 22

Los Consejos Directivos De Los Organismos Ejecutores Regionales Y Municipales Tendrán Las Siguientes Funciones: A) Determinar Los Planes Y Programas Del Organismo Y Someterlos A La Aprobación Del Insfopal

Decreto 1157 de 1976 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2804 de 1975

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01

Text of the article

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Los consejos directivos de los organismos ejecutores regionales y municipales tendrán las siguientes funciones

a)

Determinar los planes y programas del organismo y someterlos a la aprobación del Insfopal.

b)

Fijar el presupuesto anual, de conformidad con los planes y programas, aprobados por el Insfopal, y aprobar o| improbar los balances contables y los traslados presupuestales necesarios para la ejecución de los programas.

c)

Establecer la organización interna de la institución, la planta de personal, las de escalas de clasificación y remuneración y obtener las respectivas aprobaciones según lo prescrito en este Decreto.

d)

Vigilar el adecuado funcionamiento de las empresas.

e)

Aprobar, previamente o a de acuerdo con los estatutos, los actos y contratos de la entidad.

f)

Reformar los estatutos y sujetarlos a la aprobación del Ministerio de Salud, con el previo concepto favorable del Insfopal.

g)

Las demás que le señalen los estatutos.

02

Constitutional history

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