JurídicoESEN

Article 30

Los Fondos Regionales Acreditarán En La Cuenta De Cada Trabajador El Valor De Las Consignaciones Hechas A Su Favor Por El Empleador, Los Intereses Del Nueve Por Ciento (9%) Anual A Que Se Refiere El Artículo Anterior Y Las Participaciones En Las Valorizaciones O Rendimientos Líquidos Del Fondo Cuando Su Junta Directiva Las Decrete

Decreto 98 de 1973 · Por el cual se dispone la creación de Fondos Regionales de Capitalización para el manejo de aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro privado

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Los Fondos regionales acreditarán en la cuenta de cada trabajador el valor de las consignaciones hechas a su favor por el empleador, los intereses del nueve por ciento (9%) anual a que se refiere el artículo anterior y las participaciones en las valorizaciones o rendimientos líquidos del fondo cuando su Junta Directiva las decrete. Además, se llevarán en la cuenta las cantidades que se entreguen al trabajador para los fines y con sujeción a las condiciones y requisitos establecidos en el artículo 32 del presente Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 98 de 1973