Competencias de los Territorios Indígenas. De conformidad con el artículo 365 de la Constitución Política, los Territorios Indígenas deberán garantizar la prestación eficiente de los servicios de agua potable y saneamiento básico en su territorio. Estas competencias se empezarán a ejercer a partir del momento en que el Gobierno nacional expida la reglamentación respectiva, y solo podrán ser ejercidas una vez se cumplan los requisitos establecidos en dicha reglamentación.
Decreto 1953 de 2014 →In force
Article 89
Competencias De Los Territorios Indígenas
Decreto 1953 de 2014 · por el cual se crea un régimen especial con el fin de poner en funcionamiento los Territorios Indígenas respecto de la administración de los sistemas propios de los pueblos indígenas hasta que el Congreso expida la ley de que trata el artículo 329 de la Constitución Política.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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