° Si de acuerdo con los cálculos actuariales en los presupuestos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones quedare un superávit una vez atendidas las prestaciones que se refieren los artículos 6° y 7° de los prestantes estatutos, el saldo deberá destinarse a la financiación y construcción de casas para los afiliados forzosos, de acuerdo con las reglamentaciones que dicte la Junta Directiva de este establecimiento público y mediante la asesoría del Instituto de Crédito Territorial.
Article 8
Si De Acuerdo Con Los Cálculos Actuariales En Los Presupuestos De La Caja De Previsión Social De Comunicaciones Quedare Un Superávit Una Vez Atendidas Las Prestaciones Que Se Refieren Los Artículos 6° Y 7° De Los Prestantes Estatutos, El Saldo Deberá Destinarse A La Financiación Y Construcción De Casas Para Los Afiliados Forzosos, De Acuerdo Con Las Reglamentaciones Que Dicte La Junta Directiva De Este Establecimiento Público Y Mediante La Asesoría Del Instituto De Crédito Territorial
Decreto 2661 de 1960 · Por el cual se dictan los estatutos de la Caja Previsión Social de Comunicaciones.
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