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Article 10

La Dirección General De Análisis Y Coordinación Cumplirá Las Siguientes Funciones: A) Recibir Y Analizar Los Estudios Que Presenten Las Entidades De La Rama Ejecutiva Del Poder Público, Relacionadas Con Las Investigaciones Que Sobre Aspectos De Bienes Y Servicios Controlados Hayan Realizado

Decreto 622 de 1974 · Por el cual se modifica el Decreto 201 de 1974, y se adopta la estructura administrativa de la Superintendencia Nacional de producción y Precios

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01

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La Dirección General de Análisis y Coordinación cumplirá las siguientes funciones

a)

Recibir y analizar los estudios que presenten las entidades de la Rama Ejecutiva del Poder Público, relacionadas con las investigaciones que sobre aspectos de bienes y servicios controlados hayan realizado.

b)

Proyectar conclusiones y recomendaciones sobre aspectos de precios y tarifas para presentarlas al Consejo Directivo por conducto del Superintendente.

c)

Asesorar a los Ministerios y Departamentos Administrativos en todo lo relacionado con la fijación y aplicación de los precios cuando lo soliciten;

d)

Las demás que le sean asignadas por el Superintendente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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