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Article 5

Oficina De Docencia E Investigación

Decreto 71 de 2010 · por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta" Empresa Social del Estado, y se determinan las funciones de sus dependencias.

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01

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°. Oficina de Docencia e Investigación . La oficina de Docencia e Investigación tendrá las siguientes funciones

1.

Asesorar en la formulación de las políticas estrategias, planes y programas requeridos para el desarrollo del área de Docencia e Investigación de la Entidad.

2.

Vigilar la calidad y cumplimiento de los programas docentes de la Entidad.

3.

Asesorar en el diseño de los programas asistenciales en relación con los recursos físicos, humanos y bibliográficos necesarios para el desarrollo de los programas docentes asistenciales.

4.

Velar por el cumplimiento de los deberes, el ejercicio de los derechos y compromisos de cada una de las partes con quienes se celebren convenios docentes-asistenciales de forma que se permita cumplir con los objetivos establecidos.

5.

Liderar el desarrollo investigativo en los diferentes campos de la Institución.

6.

Asesorar y coordinar el diseño de planes y programas de educación médica de pregrado, postgrado y en educación continuada, y presentarlos a estudio del Director General.

7.

Velar por la formación en pedagogía, metodología y evaluación docente, del personal médico docente de la institución, coordinando la realización de seminarios, cursos, talleres y demás eventos educativos, con personal especializado en pedagogía.

8.

Fortalecer los procesos de intercambio científico, académico y tecnológico con las empresas sociales del Estado, las instituciones prestadoras de servicios de salud y las universidades dedicadas a la formación del personal de la salud;

9.

Presentar y sustentar los proyectos de investigación ante las instancias nacionales e internacionales, con las cuales se pretenda realizar redes de investigación o búsqueda de financiamiento.

10.

Fortalecer el Centro de Recursos Informáticos para la Educación y la Investigación (CRIEI) y promover la conformación de redes entre bibliotecas.

11.

Dinamizar en forma sistemática el proyecto pedagógico y diseñar una metodología que permita medir el capital intelectual del Instituto.

12.

Diseñar y ejecutar planes y programas de educación por extensión dirigidos a entidades educativas, entidades de salud del orden nacional y territorial y otros actores, de acuerdo a las políticas que para tal fin defina la Dirección General.

13.

Diseñar y ejecutar planes de capacitación e investigación dirigidos a la comunidad, con énfasis en la promoción de la salud y prevención de la enfermedad cutánea.

14.

Desempeñar las demás funciones que le sean señaladas por la Ley y asignadas por la Dirección General.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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