RECONOCIMIENTO Y PAGO DE LA PRIMA DE VACACIONES. El reconocimiento y pago de la prima de vacaciones que trata el artículo 104 del Decreto 2062 de 1984, se efectuará a través de las nóminas mensuales de acuerdo a la fecha en que adquiera este beneficio.
El reconocimiento y pago de la prima vacacional de los Oficiales y Suboficiales que desempeñen cargos en la Justicia Penal Militar y en el Ministerio Público, se regirán por las disposiciones vigentes sobre la materia