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Article 413

Derogado

Ley 79 de 1931 · Orgánica de Aduanas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Repealed

Toda factura consular de mercancía embarcada por compra o bajo compromiso de compra, contendrá la siguiente declaración que firmará la persona que haga el embarque: "Yo, (aquí el nombre de la persona que firme la factura) en representación de (aquí el nombre del embarcador), o sea el fabricante __________ (vendedor) de la mercancía enumerada en esta factura, declaro bajo mi palabra de honor que estoy autorizado para expender y firmar esta factura a nombre de dicho ___________( fabricante o vendedor), según consta en el instrumento de poder respectivo presentado ante las autoridades consulares de la República de Colombia, y que, teniendo como tengo razones para saberlo, certifico lo que sigue: "1º Que esta factura es correcta en todo sentido y contiene la expresión exacta y completa del precio que efectivamente se pagó o se pagará por dichos artículos, así como la expresión de la verdadera cantidad de éstos. "2º Que la descripción de los artículos es verdadera, exacta y completa; que ninguno de los bultos contiene mercancía cuya importación esté prohibida en Colombia, ni mercancía alguna que no esté enumerada en esta factura. "3º Que a nadie se ha suministrado ni se suministrará factura de dichos artículos que difiera de esta; que el exportador ni el comprador, ni nadie en nombre de ninguno de ellos, ha celebrado ni celebrará arreglo o convenio que afecte dicho precio de compra por vía de descuento, rebaja, compensación ni en otra forma, salvo lo que en esta factura se expresa o manifiesta íntegramente. (Descríbase tal arreglo al margen o al respaldo de la factura). "4º Que los valores expresados en la columna encabezada valores de venta para el consumo interno, son aquellos a los cuales mi mencionado principal está dispuesto a ceder a cualquier comprador, para el consumo interno en el país de exportación, artículos idénticos, en iguales cantidades, puestos en (aquí el nombre o sitio de la fábrica, almacén o puerto de embarque) menos_____________ por 100 de descuento por pago al contado, y que esos valores ____________(comprenden/no comprenden) el costo del empaque exterior, si a éste hubiere lugar, en que se venda la mercancía para su consumo interno. "5º Que el valor de venta para el consumo interno comprende todos los derechos o impuestos tasables sobre la mercancía antes de su entrega al consumo, y que las autoridades de hacienda del país de origen han __________ (concedido/concederán) un reintegro o devolución de derechos por la suma de _________________ sobre esta exportación."

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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