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Article 14

Decreto 3166 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el reglamento de valorización Adoptado por la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge, CVS

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El Comité Asesor de Valorización estará integrado por cinco (5) miembros principales, con sus respectivos suplentes personales, nombrados para períodos' de dos (2) años por la Junta Directiva de la Corporación.

Podrán ser miembros del Comité funcionarios de la. Corporación o de cualquier otra entidad oficial y personas particulares: Todos los miembros deberán tomar posesión de sus cargos ante el Director General de la Corporación y devengarán honorarios por cada reunión a la que asistieren, en cuantía que, fijará, la Junta Directiva, de acuerdo con las condiciones y limitaciones establecida en las disposiciones legales vigentes.

Los miembros suplentes reemplazarán a sus respectivos principales en sus faltas absolutas o temporales.

El Comité tendrá un Presidente y un Vicepresidente de su libre elección y remoción.

Actuará como Secretario del Comité, un funcionario de la Corporación, designado al efecto por el Director General el Jefe de la Oficina de Valorización tendrá voz en el Comité.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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