JurídicoESEN

Article 232

Decreto 222 de 1983 · Por el cual se expiden normas sobre contratos de la Nación y sus entidades descentralizadas y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Del perfeccionamiento de los contratos de empréstito . Los contratos de empréstito se perfeccionarán mediante su publicación en el DIARIO OFICIAL, requisito que se entiende cumplido en la fecha del pago de los derechos correspondientes o de la orden impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público.

Parágrafo

El requisito aquí previsto se entenderá cumplido en relación con los créditos de proveedores que celebren la Nación para el ramo de Defensa Nacional y los organismos de tal sector para la adquisición de material reservado o de guerra, con la inserción en el Diario Oficial de las cláusulas correspondientes al valor, forma de pago y costos de la financiación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 222 de 1983