º . Prevenciones y Mecanismos de Control. Con el fin de velar por el cumplimiento de las normas legales sobre prevención de actividades delictivas contenidas en la Ley 190 de 1995, las Instituciones Financieras que establezcan líneas de crédito para financiación de las acciones objeto del presente programa de venta, y las Sociedades Comisionistas de Bolsa que intervengan en el proceso de enajenación, deberán dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley 190 de 1995. De las actividades de control que realicen las entidades mencionadas deberán dejar constancia de haberlas efectuado. Los potenciales adquirentes estarán obligados a suministrar la información que les sea solicitada en relación con las mencionadas actividades de control, para los efectos de este artículo y del proceso de enajenación; de lo contrario su Oferta de Compra será rechazada.
Decreto 829 de 1999 →In force
Article 8
Decreto 829 de 1999 · por el cual se aprueba la enajenacion y se adopta el programa de venta de las acciones que la Empresa Colombiana de Petroleos, Ecopetrol, Explotaciones Eondor S. A. (en liquidacion) y la sucursal en Colombia (en liquidacion) de South American Gulf Oil Company poseen en la sociedad Compañia Colombiana de Gas S. A., Colgas, E. S. P.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.