La edificación de que trata el artículo anterior se realizará de acuerdo con las más modernas especificaciones arquitectónicas correspondientes a esta clase de establecimientos y mediante planos que elabore la Sección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, y que a la vez fueren aprobados por la misma Sección del Ministerio de Educación Nacional. La ejecución de la obra será igualmente supervigilada desde el punto de vista técnico y administrativo por el Ministerio de Obras Públicas.
Ley 38 de 1968 →In force
Article 2
Ley 38 de 1968 · Por la cual se ordena la construcción de unas obras públicas en la ciudad de Quibdó, y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.