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Article 12

Ley 51 de 1989 · por la cual se crea la Comisión Nacional de Energía y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Ministerio de Minas y Energía, las entidades públicas del sector energético y el Departamento Nacional de Planeación, asesorarán técnicamente a la Comisión Nacional de Energía en los campos de su competencia. Igualmente, la Comisión tendrá acceso a los estudios y documentos que esos organismos y entidades produzcan sobre los temas de su competencia.

La Comisión Nacional de Energía ejercerá sus funciones con base en las propuestas que el Ministerio de Minas y Energía y las entidades públicas del sector energético presenten a su consideración, para la determinación de los planes, programas y proyectos de que tratan los artículos 8º., 9º. y 10º.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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