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Article 21

Decreto 1725 de 1997 · por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

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01

Text of the article

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Subdirección de Cobranzas. El subdirector de cobranzas de acuerdo a las políticas e instrucciones señaladas por el Director General y el Director de Impuestos y en coordinación con las demás áreas de la entidad, cumplirá las siguientes funciones para ejercerlas directamente o a través de su organización interna, en relación con el cobro del impuesto sobre la renta y complementarios, del impuesto sobre las ventas, del impuesto de timbre nacional, y de los demás impuestos internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado, así como la recaudación de los derechos de aduana y demás impuestos al comercio exterior y de las sanciones cambiarias

a)

Dirigir y controlar las actividades relacionadas con el cobro de los tributos nacionales, intereses y sanciones, y de los demás gravámenes o emolumentos; así como de las sanciones cambiarias de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

b)

Definir y establecer el plan de cobro, así como controlar y evaluar la ejecución del mismo, de acuerdo con las políticas establecidas por la Dirección General y el Director de Impuestos;

c)

Garantizar el efectivo cobro de los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, sanciones, intereses, recargos y demás gravámenes; así como de las sanciones cambiarias, que según las disposiciones pertinentes, le compete recaudar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

d)

Planear, dirigir, supervisar, controlar y evaluar la gestión de las áreas de cobranzas de las administraciones y asesorarlas en el cumplimiento de sus funciones;

e)

Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Información, el suministro de la información interna y externa requerida para la ejecución de los programas de cobro y la elaboración de las relaciones de cartera por cobrar, la definición de estándares y parámetros para el manejo de la misma, la alimentación de sus sistemas de información y la automatización de procesos y procedimientos de su competencia;

f)

Presentar periódicamente informes sobre la gestión de cobro de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

g)

Adelantar los procesos de cobro coactivo y persuasivo de acuerdo al artículo 824 del Estatuto Tributario y el cobro de obligaciones que por ley le sean atribuidas, sin perjuicio de la competencia asignada a los administradores de Impuestos y Aduanas Nacionales y a los jefes de dependencias de cobranzas;

h)

Determinar y presentar los valores para apropiación presupuestal a las administraciones para la partida de Defensa Hacienda Pública;

i)

Administrar, controlar y actualizar los sistemas de información de la gestión de cobro y garantizar la generación de la información requerida para desarrollar programas de cobro;

j)

Definir y ejecutar el plan de supervisión y control del área a nivel nacional;

k)

Establecer los manuales, métodos y procedimientos, así como diseñar las herramientas necesarias para la estandarización y el desarrollo de las actividades de cobro de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias a nivel nacional, de acuerdo con las directrices señaladas por la Oficina de Planeación; I) Abocar el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de cobranzas, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorización del Director General de la Entidad; m) Realizar de acuerdo al programa de supervisión de visitas a contribuyentes, responsables, agentes retenedores y declarantes con el fin de verificar la consistencia y calidad de los procedimientos adelantados para el cobro por las administraciones especiales, locales y delegadas; n) Establecer programas para el desarrollo de las funciones de cobranzas en los procesos de concordato intervención y liquidación judicial y administrativa, quiebra, concurso de acreedores, liquidación de sociedades y sucesiones y velar por la oportuna intervención en los mismos; o) Diseñar e implementar técnicas de negociación que faciliten el cobro persuasivo, así como técnicas de investigación de bienes; p) Conformar un banco de datos para efectos de ubicar los bienes de los contribuyentes morosos; y q) Las demás que le asigne el Director de Impuestos.

02

Constitutional history

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