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Article 8

Financiación De Las Campañas

Ley 2 de 1992 · por la cual se dictan algunas disposiciones en relación con las elecciones que se realizarán el próximo 8 de marzo de 1992.

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El Gobierno financiará las campañas de los partidos y movimientos políticos representados en el Congreso, con o sin personería jurídica, y de los candidatos, para las elecciones de alcaldes, diputados y concejales que se celebrarán el próximo 8 de marzo de 1992. Tendrán derecho a este beneficio los candidatos elegidos o quienes obtuvieren al menos el treinta por ciento del cuociente correspondiente a la Corporación de la que se trate o la tercera parte de la votación del alcalde electo, según el caso.

El Gobierno Nacional reglamentará el monto de la financiación, su oportunidad y forma de pago. Los aportes que establece esta Ley serán distribuidos por el Consejo Nacional Electoral.

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Constitutional history

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  1. 1993
    C-020/93Constitutional reviewSTRUCK DOWN
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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