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Article 6

Ley 72 de 1963 · por la cual se ordena la construcción, dotación y sostenimiento de dos colegios de bachillerato para varones, uno en la ciudad de El Carmen y otro en la ciudad de Majagual (Departamento de Bolívar).

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Nación invertirá hasta la cantidad de quinientos mil pesos ($ 500.000.00) en el colegio de la ciudad de El Carmen, y de doscientos mil pesos ($ 200.000.00) para el colegio en la ciudad de Majagual, para los efectos de ejecución y dotación de los campos de deporte, servicios odontológicos, médicos y de enfermería, así como también para los gabinetes de física y química en los respectivos planteles, según lo ordenado por el artículo 4° de esta Ley. Tales gastos se harán oportunamente con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, y en caso de no hacerse las apropiaciones necesarias, queda igualmente facultado el Gobierno para atender el cumplimiento de esta disposición mediante la apertura de créditos adicionales y de traslaciones presupuestales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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