JurídicoESEN

Article 10

Los Educadores Oficiales Que Trabajen En Los Departamentos Creados En El Artículo 309 De La Constitución Política O En Áreas Rurales De Difícil Acceso O Poblaciones Apartadas, Determinadas Previamente Por La Autoridad Competente, De Conformidad Con Las Normas Que Se Encuentren Vigentes, Recibirán Durante Los Meses De Labor Académica Un Auxilio Mensual De Movilización, A Partir Del 1° De Enero De 1998 De Diez Mil Seiscientos Treinta Y Ocho Pesos ($10

Decreto 47 de 1998 · por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos sometidos al régimen especial del Estatuto Docente y se dictan otras disposiciones de carácter salarial para el sector educativo oficial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los educadores oficiales que trabajen en los departamentos creados en el artículo 309 de la Constitución Política o en áreas rurales de difícil acceso o poblaciones apartadas, determinadas previamente por la autoridad competente, de conformidad con las normas que se encuentren vigentes, recibirán durante los meses de labor académica un auxilio mensual de movilización, a partir del 1° de enero de 1998 de diez mil seiscientos treinta y ocho pesos ($10.638) moneda corriente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 47 de 1998