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Article 161

Las Sumas Que, Por Incidir En Diversos Períodos Sociales, Se Lleván A Las Cuentas De Activos Diferidos, Tales Como Gastos De Constitución, Gastos De Exploración, Etc, Deberan Amortizarse Directamente Con Cargo A La Cuenta De Pérdidas Y Ganancias, A Partir Del Momento En Que Se Inicie La Explotación Del Negocio Y En Un Lapso No Mayor De Cinco Años, Plazo Que Podrá Ampliar La Superintendencia De Sociedades Anónimas Por Justas Causas

Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

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01

Text of the article

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Las sumas que, por incidir en diversos períodos sociales, se lleván a las cuentas de activos diferidos, tales como gastos de constitución, gastos de exploración, etc, deberan amortizarse directamente con cargo a la cuenta de pérdidas y ganancias, a partir del momento en que se inicie la explotación del negocio y en un lapso no mayor de cinco años, plazo que podrá ampliar la Superintendencia de Sociedades Anónimas por justas causas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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