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Article 9

Ley 7 de 1945 · Por la cual se dictan normas sobre régimen interno de las cámaras

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Todos los proyectos de ley serán presentados con su correspondiente exposición de motivos, por duplicado, al Secretario de la respectiva Cámara, quien dejará testimonio de su recibo, los registrará y dará cuenta en cada sesión pública de los que le hubieren sido presentados, informando de la comisión a que hayan sido transmitidos por el Presidente de la respectiva Cámara.

Los proyectos y sus exposiciones de motivos serán publicados en los Anales al día siguiente de su presentación, y serán estudiados por la Comisión de modo rigurosamente cronológico, para los fines de los dos artículos siguientes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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