Los usuarios industriales establecidos en Zonas Francas, podrán tener acceso a los créditos de entidades financieras del país, de los cuales gozan las industrias establecidas en el resto del territorio aduanero nacional, siempre que los usuarios se sometan a las disposiciones vigentes sobre la materia. El régimen cambiario.
Article 10
Los Usuarios Industriales Establecidos En Zonas Francas, Podrán Tener Acceso A Los Créditos De Entidades Financieras Del País, De Los Cuales Gozan Las Industrias Establecidas En El Resto Del Territorio Aduanero Nacional, Siempre Que Los Usuarios Se Sometan A Las Disposiciones Vigentes Sobre La Materia
Decreto 1823 de 1990 · por el cual se desarrollan los artículos 9° y 36 de la Ley 109 de 1985 y se subrogan los artículos 38, 42 y 43 del Decreto 1471 de 1986.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.