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Article 33

Ley 20 de 1979 · Por la cual se crean estímulos al contribuyente, se fomenta la capitalización del país y se dictan otras disposiciones en materia tributaria

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Text of the article

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El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de resoluciones que suscribirán el Ministro de Hacienda, el Secretario General y el Director General de Impuestos Nacionales, podrá conceder plazos para el pago del impuesto sobre la renta y complementarios hasta por cinco años sobre las deudas exigibles a la fecha de vigencia de esta Ley, buscando que los plazos más amplios se otorguen a aquellos deudores de menores recursos y siempre y cuando el deudor ofrezca garantías reales satisfactorias o garantía bancaria o de compañía de seguros.

Concedido el plazo, se congelarán los intereses de mora desde la fecha del acuerdo de pago y los que se causen durante el lapso que comprenda dicho acuerdo, se liquidarán a la tasa señalada para los intereses corrientes.

El Gobierno podrá aceptar garantías personales cuando la cuantía de la deuda no sea superior a $ 200.000.

Así mismo, el Gobierno aumentará anual y acumulativamente la cifra anterior en el porcentaje que establezcan las leyes tributarias.

Mientras el deudor pague cumplidamente las cuotas fijadas en el acuerdo, tendrá derecho a certificado de paz y salvo.

Si deja de pagar oportunamente alguna de dichas cuotas o cualquiera otra obligación surgida posteriormente, quedará sin vigencia el acuerdo y se hará efectiva la garantía, hasta concurrencia del saldo de la deuda garantizada, a través de la jurisdicción coactiva.

Parágrafo 1

º. Los acuerdos así efectuados, cuya cuantía sea de más de un millón de pesos ($ 1.000.000) serán publicados en un diario de circulación nacional a costa del beneficiario.

Parágrafo 2

Quienes se acojan a lo previsto en este artículo, no tendrán derecho a la exoneración de intereses de que trata el artículo 27 de la presente Ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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