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Article 2

Es De Cargo De La Dirección General La Totalización De Las Estadísticas Anuales Sobre Las Siguientes Materias: A)

Decreto 690 de 1916 · En ejecución y desarrollo de la Ley 63 de 1914, sobre estadística nacional

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º Es de cargo de la Dirección General la totalización de las estadísticas anuales sobre las siguientes materias: a). Territorio b) Comercio de exportación, importación, de cabotaje, costanero, interno y movimiento marítimo y fluvial de los puertos de la República. c) Correos, telégrafos, teléfonos, ferrocarriles, tranvías y demás vías de comunicación terrestres y fluviales. d) Industrias pecuaria, fabril y minera, y beneficios e industrias y cultivos y degüello de ganados. e) Deuda hipotecaria y transmisión de la propiedad raíz. f) Movimiento económico, que comprenderá las operaciones bursátiles, el catastro de la propiedad raíz los gravámenes de la misma, las fuentes naturales de riquezas tales como terrenos baldíos, salinas y demás minas de toda especie, productos espontáneos de los bosques, mares, sabanas y ríos tanto vegetales como animales. g) Los presupuestos, cálculos de recursos fiscales y rentas y gastos de la Nación, Departamentos, Provincias y Municipios. h) Censo de población, movimiento de inmigración y emigración, y del estado civil de las personas. i) Beneficencia, Religión y cultos. j) Instrucción pública y privada, institutos especiales, bibliotecas, museos y producciones bibliográficas. k) Estadísticas judiciales en lo civil. l) Ejército, Marina, Policía y Gendarmería ll) Observaciones meteorológicas. m) Higiene y medicina legal. n) Bancos y Compañías anónimas ñ) Productos y gastos de los Consulados, y o) Estadística de las profesiones e industrias.

Parágrafo

En la formación de la estadística del comercio exterior se hará constar, invariable y precisamente, el peso y valor de los artículos, los derechos causados y el destino y procedencia de las mercancías.

02

Constitutional history

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