º Todos los gastos que exijan los trabajos de estudio de que trata el presente Decreto, serán pagados con la partida asignada en el Presupuesto vigente para la vía Rícaurte- El Diviso, por medio de Decreto número 2192 de 1930, artículo 1º,
En consecuencia, la Gerencia del Ferrocarril de Nariño, a cuyo favor se está girando actualmente dicha partida, atenderá con ella a los gastos expresados, de acuerdo con los presupuestos mensuales que para tal fin apruebe el Ministerio de Obras Públicas.