Créase la Comisión de Vigilancia y Asistencia Minera de los Territorios Indígenas, Covami, integrada por un delegado del Ministerio de Minas y Energía, un delegado de la División de Asuntos Indígenas del Ministerio de Gobierno y un delegado de la organización indígena más representativa, como organismo asesor del Ministerio de Minas y Energía en los asuntos pertinentes a la formulación y la ejecución de programas mineros especiales en las zonas mineras indígenas de que trata el presente Decreto. La Comisión expedirá su propio reglamento.
Article 20
Créase La Comisión De Vigilancia Y Asistencia Minera De Los Territorios Indígenas, Covami, Integrada Por Un Delegado Del Ministerio De Minas Y Energía, Un Delegado De La División De Asuntos Indígenas Del Ministerio De Gobierno Y Un Delegado De La Organización Indígena Más Representativa, Como Organismo Asesor Del Ministerio De Minas Y Energía En Los Asuntos Pertinentes A La Formulación Y La Ejecución De Programas Mineros Especiales En Las Zonas Mineras Indígenas De Que Trata El Presente Decreto
Decreto 710 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Código de Minas.
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