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Article 2

El Inventario Anual De Cada, Almacén Comprenderá Todos Los Elementos En Existencia, Cualquiera Que Sea El Estado En Que Se Encuentren

Decreto 1534 de 1941 · Por el cual se reglamenta el inventario, traspaso y traslado de elementos de las obras dependientes del Ministerio de Obras Públicas

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Text of the article

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º. El inventario anual de cada, almacén comprenderá todos los elementos en existencia, cualquiera que sea el estado en que se encuentren. Separadamente se hará tres relaciones de los elementos inservibles con las mismas clasificaciones, especificaciones y precios con que figuren en el inventario, autorizadas con las firmas del Ingeniero Jefe o Administrador de la obra y del respectivo Almacenista, así: una de elementos inservibles, para destruir; otra de elementos inservible, aprovechables, para vender, y otra de elementos inservibles, aprovechables, para ceder. De cada una de estas relaciones se harán cinco ejemplares, tres para la Dirección General de Bienes y Comercio del Ministerio de Obras Públicas, uno para la Auditoria Fiscal de Obras Públicas y otro para el archivo de la obra.

02

Constitutional history

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