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Article 36

Cuando Exista Providencia Ejecutoriada De Autoridad Competente Que Ordene La No Expedición De Un Pasaporte, Debidamente Comunicada Al Ministerio De Relaciones Exteriores, El Funcionario Autorizado Deberá Abstenerse De Tramitarlo O Proceder A Su Anulación Si Éste Ya Hubiese Sido Expedido

Decreto 2250 de 1996 · por medio del cual se reglamenta la expedición de pasaportes ordinario, fronterizo, provisionales, y se dictan otras disposiciones sobre la materia.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cuando exista providencia ejecutoriada de autoridad competente que ordene la no expedición de un pasaporte, debidamente comunicada al Ministerio de Relaciones Exteriores, el funcionario autorizado deberá abstenerse de tramitarlo o proceder a su anulación si éste ya hubiese sido expedido.

Parágrafo

Si un funcionario a quien corresponda la expedición de pasaportes, tuviere conocimiento por cualquier medio que el solicitante ha incurrido en la comisión de algún hecho punible, se abstendrá de tramitarlo hasta tanto ponga en conocimiento de la autoridad competente tal hecho.

02

Constitutional history

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