º. Garantizar las prestación de los servicios de salud a las personas participantes vinculadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud, que no se encuentren clasificados por el sistema de información para la identificación de Beneficiarios de Subsidios, Sisben, así mismo, como a aquellos que encontrándose en el sistema de información, hayan sido carnetizados pero no se encuentren afiliados al régimen subsidiado y a aquellos afiliados respecto de los servicios no incluidos en el Pos-s.
Decreto 1795 de 1995 →In force
Article 1
º
Decreto 1795 de 1995 · por el cual se adoptan los lineamientos para garantizar la prestación de los servicios de salud a las personas objeto del subsidio del Sistema General de Seguridad Social en Salud, dispuestos en el Acuerdo 22 de 1995 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.