JurídicoESEN

Article 41

Para Ascender Al Grado De Teniente Coronel Las Clases De Combatiente Y De Servicios De Intendencia, Reclutamiento Y Material De Guerra En El Ejército Y De Vuelo Y De Tierra En La Fuerza Aérea Se Requiere Además De Las Condiciones Establecidas En El Presente Estatuto, Haber Hecho Con Buenos Resultados El Curso De Comando En La Escuela Superior De Guerra

Decreto 3220 de 1953 · Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para ascender al grado de Teniente Coronel las clases de combatiente y de servicios de Intendencia, Reclutamiento y Material de Guerra en el Ejército y de Vuelo y de Tierra en la Fuerza Aérea se requiere además de las condiciones establecidas en el presente estatuto, haber hecho con buenos resultados el curso de Comando en la Escuela Superior de Guerra.

Parágrafo

Para ascender a Teniente Coronel en los otros servicios, los Oficiales debe aprobar un curso de información de acuerdo con reglamentación especial que expida el Gobierno. Mientras se otorga dicho curso, tal requisito podrá cumplirse mediante la aprobación de una tesis impuesta por el Comandante General de la Fuerzas Militares, relacionada con la especialidad del Oficial.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3220 de 1953