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Article 3

Decreto 2165 de 2006 · por el cual modifica parcialmente el Decreto 4299 de 2005.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Modifícase el

Parágrafo

del artículo 23 del Decreto 4299 de 2005, el cual quedará así: "

Parágrafo

El consumidor del sector comercial, industrial, agrícola y/o de servicios que adquiera combustibles de un distribuidor minorista, deberá cumplir las siguientes obligaciones

1.

Destinar el combustible únicamente para el uso en la actividad comercial, industrial, agrícola y/o de servicios inherentes a su objeto social.

2.

Consumir los combustibles líquidos derivados del petróleo únicamente como i) fuente de generación de calor, ii) fuente de generación de energía, iii) carburante y/o iv) insumo dentro de su proceso industrial.

3.

Abstenerse de subdistribuir, redistribuir o revender el combustible líquido derivado del petróleo adquirido.

4.

Abstenerse de recibir los combustibles líquidos derivados del petróleo de carrotanques que no porten la guía única de transporte.

5.

Cumplir con las normas sobre protección y preservación del medio ambiente.

6.

Abstenerse de adquirir combustibles simultáneamente de dos o más comercializadores industriales".

Parágrafo

Artículo 23 DECRETO 4299 de 2005

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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