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Article 15

Los Establecimientos Públicos Podrán Pagar Con Sus Rentas Propias, Obligaciones Financiadas Con Recursos Del Presupuesto Nacional Siempre Y Cuando Estén Autorizadas En El Pac Financiado Con Los Recursos De La Nación

Decreto 178 de 2003 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre el manejo de recursos públicos y la aplicabilidad del Sistema Integrado de Información Financiera, SIIF Nación.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Los establecimientos públicos podrán pagar con sus rentas propias, obligaciones financiadas con recursos del Presupuesto Nacional siempre y cuando estén autorizadas en el PAC financiado con los recursos de la Nación. La Dirección General del Tesoro Nacional tendrá que reponer los recursos al establecimiento público antes de terminar la vigencia presupuestal en que se realizó el mencionado pago. DISPOSICIONES VARIAS

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Constitutional history

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