Excepciones que pueden proponerse. En el proceso penal, durante el juzgamiento, podrán proponerse, como excepciones, las siguientes:
1. La cosa juzgada penal sobre los mismos hechos que fundamentan la acusación.
2. La extinción de la acción penal.
Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal
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Excepciones que pueden proponerse. En el proceso penal, durante el juzgamiento, podrán proponerse, como excepciones, las siguientes:
1. La cosa juzgada penal sobre los mismos hechos que fundamentan la acusación.
2. La extinción de la acción penal.
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