º. Las supresiones de que tratan los artículos 1° y 2°, en el caso de los cargos que se encuentran provistos a la entrada en vigencia del presente decreto, se harán efectivas hasta tanto se produzca el retiro de los respectivos funcionarios o su incorporación a la planta de personal adoptada en el artículo 3°, de conformidad con las normas legales y reglamentarias vigentes, y a mas tardar el 30 de abril de 2012.
Article 5
Las Supresiones De Que Tratan Los Artículos 1° Y 2°, En El Caso De Los Cargos Que Se Encuentran Provistos A La Entrada En Vigencia Del Presente Decreto, Se Harán Efectivas Hasta Tanto Se Produzca El Retiro De Los Respectivos Funcionarios O Su Incorporación A La Planta De Personal Adoptada En El Artículo 3°, De Conformidad Con Las Normas Legales Y Reglamentarias Vigentes, Y A Mas Tardar El 30 De Abril De 2012
Decreto 665 de 2012 · por el cual se suprime la planta de personal del Instituto Nacional de Concesiones INCO y se adopta la planta de personal de la Agencia Nacional de Infraestructura
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