º CONTINGENCIAS PASIVAS. Para efectos de lo previsto en los artículos 16 del Decreto 2049 y 12 del Decreto 2290, ambos de 1993, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras podrá determinar la naturaleza de los procesos judiciales del Banco de Colombia y de algunas sociedades vinculadas a este, cuyos rasgos asume por virtud del contrato de contingencias pasivas que celebre con tales entidades; las condiciones que deben reunir los hechos, actos o contratos de los cuales surjan tales contingencias para quedar amparadas por la garantía; las condiciones que debe reunir una obligación para quedar cubierta como pasivo oculto y los demás términos y condiciones de la garantía
Decreto 96 de 1994 →In force
Article 1
º Contingencias Pasivas
Decreto 96 de 1994 · por el cual se complementa el programa de venta de las acciones y derechos que la Nación y el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras poseen en el Banco de Colombia.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.