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Article 3.7.1.5

Publicidad Del Proceso

Decreto 734 de 2012 · por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones

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Text of the article

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Publicidad del proceso. El Secop será el mecanismo de publicidad de las actividades y asuntos propios del proceso de enajenación de bienes a que se refiere el presente decreto. Para tal efecto se aplicará lo establecido en el artículo 2.2.5 del presente decreto, y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Adicional a lo anterior, la publicación deberá hacerse simultáneamente en la página web del promotor, banca de inversión, martillo, comisionista de bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities, la Sociedad Central de Inversiones CISA S. A., o cualquier otro intermediario idóneo, cuya información deberá ser coherente con la publicada en el Secop. En todo caso prevalecerá la información publicada en el Secop.

Parágrafo

El listado de bienes a ser enajenados y la indicación del precio mínimo de venta de cada uno de ellos podrá ser publicado por la entidad y su intermediario en un diario de amplia circulación nacional. Sección II Mecanismos de Enajenación

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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