JurídicoESEN

Article 18

Los Empleados De Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias Y Establecimientos Públicos Con Planta Global En Donde No Existan Jefes De Sección, Que Tengan A Su Cargo La Coordinación Y Supervisión De Grupos De Trabajo Que Establezcan Los Ministros, Los Directores De Departamentos Administrativos, Los Superintendentes, Y Los Directores, Gerentes O Presidentes De Establecimientos Públicos Percibirán Mensualmente Un Veinte Por Ciento (20%) Adicional Al Valor De La Asignación Básica Del Empleo Del Cual Sean Titulares, Durante El Tiempo En Que Ejerzan Tales Funciones

Decreto 42 de 1994 · Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

ARTICULO 18. Los empleados de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias y Establecimientos Públicos con planta global en donde no existan Jefes de Sección, que tengan a su cargo la coordinación y supervisión de grupos de trabajo que establezcan los Ministros, los Directores de Departamentos Administrativos, los Superintendentes, y los Directores, Gerentes o Presidentes de Establecimientos Públicos percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto. Para los Establecimientos Públicos se tendrá que tener la aprobación previa de la Junta Directiva respectiva y la disponibilidad presupuestal pertinente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 42 de 1994