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Article 27

Usuarios

Decreto 804 de 2001 · por el cual se reglamenta el servicio público de transporte marítimo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Usuarios . Cuando un usuario de muestre a DIMAR que las condiciones de seguridad, disponibilidad, capacidad técnicas y de tiempo de las naves ofrecidas por las empresas colombianas de cabotaje habilitadas y con permiso de operación, no son aptas para el servicio que se requiere, éste podrá fletar o arrendar naves o artefactos navales de bandera colombiana o extranjera por viajes determinados, directamente o a través de un corredor de contratos de fletamento con licencia de DIMAR, para la movilización de sus cargas propias. En el evento que existan diferencias entre la empresa colombiana de cabotaje y el usuario con relación a las condiciones antes señaladas, DIMAR convocará a las partes para que se pongan de acuerdo con respecto a las diferencias presentadas, en caso de no ser ello posible, DIMAR decidirá lo pertinente. Cuando el usuario contrate nave de bandera extranjera para cabotaje se requerirá la autorización previa y escrita de DIMAR.

Parágrafo

Para el transporte de cabotaje, la DIMAR suministrará la lista de empresas habilitadas y con permiso de operación a los usuarios que requieran movilizar sus cargas entre puertos colombianos. Las empresas de transporte marítimo de servicio público de cabotaje serán consultadas por escrito y responderán de igual forma al usuario solicitante, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes al recibo de su solicitud. Transcurrido este lapso sin que se hayan pronunciado, se entenderá que no están interesadas en prestar el servicio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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