Las categorías de cargos judiciales y del Ministerio Público son los siguientes: Primer orden. 1º. Magistratura de la Corte Suprema de Justicia, Magistratura del Consejo de Estado, Magistratura del Tribunal Disciplinario y Procuraduría General de la nación y Fiscales del Consejo de Estado. 2º. Magistratura y Fiscalía de Tribunal Superior, Administrativo y de Aduanas; Secretaría y Relatoría de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado; Secretarías del tribunal Disciplinario y de Fiscalías del Consejo de Estado. 3º. Juzgados Superiores de Menores, de Circuito y de Instrucción Criminal y las Fiscalías correspondientes, en cabeceras de Distrito. 4º. Juzgados Superiores de Menores y de Circuito, las Fiscalías correspondientes y Juzgados de Instrucción Criminal, con sede distinta de cabecera de Distrito. 5º. Juzgados Municipales de cabecera de Distrito Judicial; 6°. Juzgados Municipales de cabecera de Circuito, y 7º. Juzgados Municipales con sede distinta de cabecera de Distrito y de Circuito. Segundo orden: Los empleos de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público, conforme a la clasificación que se establezca por reglamento.
Decreto 250 de 1970 →In force
Article 35
Las Categorías De Cargos Judiciales Y Del Ministerio Público Son Los Siguientes: Primer Orden
Decreto 250 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de la Carrera Judicial y del Ministerio Público.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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